Todos los pasajeros en vuelos internacionales hacia Estados Unidos deberán presentar una declaración obligatoria sanitaria antes de abordar a partir del martes 3 de noviembre de 2026 a las 11:59 p. m. (hora del Este). La medida, dictada por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), busca evitar el ingreso del virus del ébola rastreando quiénes estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos al viaje. La orden se mantendrá vigente inicialmente hasta el 18 de diciembre de 2026, sujeta a la evolución del brote en África central.
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Quiénes están obligados a presentar la declaración y excepciones
- Alcance universal aéreo: La norma aplica a toda persona que tome un vuelo internacional hacia territorio estadounidense, sin importar su nacionalidad ni el país de origen del vuelo (incluidos España, México, Colombia, Argentina o cualquier otro destino).
- Viajeros incluidos: Deben cumplir el trámite turistas con visa o permiso ESTA, ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes (Green Card), viajeros por motivos de trabajo o estudio y pasajeros en tránsito que solo hagan escala hacia un tercer país.
- Menores y personas dependientes: Cada pasajero requiere un formulario individual (no se admiten declaraciones grupales por familia). En el caso de menores de 18 años o personas con discapacidad, un padre, tutor o acompañante autorizado debe firmar en su nombre.
- Vías exentas: El requisito es exclusivo para el transporte aéreo; no se solicita en cruces fronterizos terrestres desde México o Canadá ni en puertos marítimos.

En qué consiste el trámite y cómo completarlo
- Contenido del documento: No se exige examen médico ni prueba negativa de ébola para el público general, sino firmar una declaración jurada confirmando si se estuvo o no en la República Democrática del Congo en los últimos 21 días (período máximo de incubación del virus). Quienes sí hayan visitado ese país seran redirigidos a aeropuertos estadounidenses designados para controles sanitarios específicos.
- Proceso antes del embarque: El trámite es gratuito y se gestiona durante el check-in digital o en el mostrador del aeropuerto antes de subir al avión, ya sea mediante el sistema electrónico de la aerolínea o entregando el formulario oficial en PDF de los CDC impreso y firmado.
- Obligaciones y sanciones: Las aerolíneas deben verificar el documento antes del abordaje y conservar las copias durante al menos 42 días tras el aterrizaje. Declarar información falsa o engañosa conlleva multas y sanciones penales federales.
- Advertencia operativa: Asociaciones como la IATA y Airlines for America han advertido sobre el escaso margen de tiempo para adaptar los sistemas informáticos, por lo que se recomienda revisar las instrucciones de la aerolínea 24 a 48 horas antes del vuelo para evitar retrasos en el aeropuerto.



