La decisión tomada por el fiscal Garland de anular la opinión de Sessions en el caso conocido como Castro-Tun, restituye en su totalidad a los jueces esa capacidad.
Lo estipulado en 2018 por Sessions incluso obligó a la reapertura de unos 350,000 expedientes sentenciados en los últimos 20 años y su reprogramación en las cortes de inmigración para reanudar los procesos de deportación.
Quiénes se benefician por la decisión de Garland
“La decisión del fiscal Garland se aplica en tres tipos de casos o de escenarios. Quienes obtuvieron la residencia después de haber sido puestos en proceso de deportación. Aquellos que al tenerlos en proceso de deportación les causaría grandes o graves consecuencias para el aplicante. Si tiene que salir de Estados Unidos en busca de una visa de inmigrante, y aquellas personas que pueden aplicar para un beneficio disponible ante el servicio de inmigración”.
Entre los beneficiarios se encuentran cónyuges inmigrantes de ciudadanos o residentes legales permanentes que ingresaron ilegalmente al país. Y califican para un perdón 601-A para salir del país y luego reingresar sin que les afecte la Ley del Castigo.
También califican inmigrantes cubanos que tienen un “parole” y al año y un día califican para solicitar la residencia legal permanente (LPR) ante la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).

La Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Inmigración) dijo que estaba a la espera del resultado del “proceso de elaboración de normas”. Para que tanto jueces de inmigración como la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) “puedan considerar. Y cuando corresponda, otorgar la terminación o desestimación de los procedimientos de deportación en ciertos tipos de circunstancias limitadas”.
En el documento emitido por la EOIR se lee que la decisión del fiscal general restituye a los jueces de inmigración. La autoridad para poner fin a los procedimientos de deportación, lo que se denomina ‘terminar’ o ‘desestimar’ un procedimiento de expulsión”.
En la opinión anterior, Sessions sostuvo que “los jueces de inmigración no tenían autoridad inherente para terminar o desestimar los procedimientos de deportación”.
Una conclusión basada en la opinión previa del exfiscal general en el caso Castro-Tum, que se refería a la práctica del cierre administrativo. Una herramienta de gestión de expedientes que se utiliza para pausar temporalmente los procedimientos de deportación.
En la nueva opinión, sin embargo, Garland anuló la decisión tomada por Sessions regresándole a los jueces la discrecionalidad para cerrar casos de deportación en los tres escenarios mencionados.
Imagen: Austin Immigration Lawyer
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